¿Un accidente le dejó a usted o a un ser querido con una lesión que cambia la vida? Puede llamarnos al (949) 989-2511 desde Orange County o al (951) 583-1900 desde el condado de Riverside. Si no puede hablar, mande un texto al (949) 776-8964. Atendemos las 24 horas y la consulta es gratuita. Personas, no solo casos.

Abogado de lesiones catastróficas en Orange County y Riverside

Hay accidentes de los que una persona se recupera en unas semanas. Y hay otros que lo cambian todo: el trabajo, la casa, la forma de moverse, la vida de toda la familia. A esas lesiones se les llama catastróficas. En estos momentos, muchas familias no saben ni por dónde empezar. Nosotros podemos ayudar a ordenar las cosas, explicarle cada paso en español y encargarnos de las aseguradoras mientras ustedes se concentran en la recuperación. Si busca un abogado de lesiones catastróficas Orange County o Riverside, la primera consulta es gratuita.

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¿Qué se considera una lesión catastrófica?

No hay una lista única, pero normalmente se trata de lesiones graves y de largo plazo, como:

  • Lesiones cerebrales traumáticas, que pueden afectar la memoria, el carácter, el habla o la capacidad de trabajar.
  • Lesiones de la médula espinal, incluida la parálisis parcial o total.
  • Amputaciones o pérdida del uso de una mano, un brazo o una pierna.
  • Quemaduras graves que requieren injertos y cirugías.
  • Pérdida de la vista o del oído.
  • Lesiones múltiples que obligan a varias cirugías y a una rehabilitación larga.

Estas lesiones pueden venir de choques de auto, de camión o de motocicleta, de atropellos, de caídas desde altura o de incendios, entre otras causas.

Pensar en el futuro, no solo en las cuentas de hoy

Cuando la lesión es permanente, el reclamo no puede basarse solo en las facturas del hospital. Hay que pensar en lo que vendrá en los próximos años. Entre los daños que se pueden reclamar, según el caso:

  • Atención médica futura: cirugías, terapia, medicamentos y citas de seguimiento.
  • Cuidado en casa o ayuda de una persona para las tareas diarias.
  • Cambios en la vivienda o el vehículo, como rampas, baños adaptados o controles especiales.
  • Equipo médico, como sillas de ruedas o prótesis.
  • El ingreso perdido y la capacidad de ganar dinero en el futuro, si ya no puede hacer el mismo trabajo.
  • El dolor, el sufrimiento y la pérdida de calidad de vida.

Para calcular estas cantidades se suele trabajar con médicos tratantes y, cuando hace falta, con profesionales que preparan un plan de cuidados de por vida y un análisis económico. Nada de esto es una promesa de resultado: es la forma de presentar el caso completo.

La familia también importa

Una lesión grave no solo afecta a quien la sufre. Muchas veces es la esposa, el esposo o los hijos quienes llaman primero, y está bien. En algunos casos, la pareja puede tener su propio reclamo por la pérdida de compañía y apoyo.

Si su ser querido falleció por el accidente, ciertos familiares pueden presentar una demanda por muerte injusta (wrongful death). La ley de California define quiénes pueden hacerlo (Código de Procedimiento Civil, sección 377.60). Es un tema delicado y lo tratamos con el respeto que merece.

Cuando el seguro no alcanza

En casos muy graves, el seguro del responsable a veces no alcanza para cubrir todo. Por eso revisamos todas las fuentes posibles: el seguro del conductor, el de su empleador si estaba trabajando, el del dueño del vehículo, la cobertura de conductor con seguro insuficiente de su propia póliza y cualquier otra parte que haya contribuido al accidente.

También conviene saber que su seguro médico, Medi-Cal o un hospital pueden pedir que se les reembolse una parte de lo que pagaron si usted recibe una compensación. Eso se revisa y se negocia antes de cerrar el caso.

Plazos

En la mayoría de los casos, California da dos años desde la lesión para presentar una demanda; en un caso de muerte injusta, el plazo general también es de dos años y normalmente se cuenta desde la fecha del fallecimiento. Si hay una entidad del gobierno involucrada, el reclamo por escrito suele tener que presentarse en seis meses. Si la persona lesionada es menor de edad, las reglas pueden ser distintas. Con lesiones tan graves, es fácil que pasen los meses sin darse cuenta.

Quiénes somos

Tafreshi Law Group está dirigida por la abogada Suzy Tafreshi, que habla farsi. Nuestro equipo, que habla español, tiene más de 14 años de experiencia combinada en casos de lesiones personales. Puede visitarnos en Fountain Valley, Lake Forest o Riverside, o podemos hablar por teléfono. Vea también nuestra página de lesiones personales.

Preguntas frecuentes

Mi familiar está en el hospital y no puede hablar. ¿Puedo llamar yo?

Sí. Un familiar puede llamarnos para empezar y contarnos lo que pasó. Hablaremos con la persona lesionada en cuanto sea posible.

¿Cuánto tarda un caso de lesiones catastróficas?

Suele tardar más que un caso común, porque primero hay que entender cómo va a quedar la persona a largo plazo. Cerrar un acuerdo demasiado pronto puede dejar fuera gastos futuros.

¿Tengo que pagar algo para empezar?

No. La consulta es gratuita. Le explicamos cómo funcionan nuestros honorarios antes de firmar cualquier cosa.

¿Puedo reclamar por el trabajo que ya no puedo hacer?

Sí. Además del sueldo que perdió, se puede reclamar la pérdida de su capacidad de ganar dinero en el futuro, si los médicos y las pruebas lo respaldan.

¿Me atienden en español durante todo el caso?

Sí. Desde la primera llamada hasta el final, nuestro equipo le puede atender en español.

Hable con nosotros hoy

Orange County: (949) 989-2511 · Riverside: (951) 583-1900 · Texto: (949) 776-8964 · Disponibles 24/7 · Hablamos español

  • Oficina de Fountain Valley: 18837 Brookhurst St, Ste 207, Fountain Valley, CA 92708
  • Oficina de Lake Forest: 22600 Lambert St, Ste 1501, Lake Forest, CA 92630
  • Oficina de Riverside: 4121 Brockton Ave, Ste 101, Riverside, CA 92501

Vea todas nuestras oficinas.

Publicidad de abogados. Esta página ofrece información general y no constituye asesoría legal. Leerla no crea una relación abogado-cliente. Cada caso es diferente y los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

Fuentes

  1. Código de Procedimiento Civil de California, sección 335.1 (plazo de dos años, lesiones y muerte injusta)
  2. Código de Procedimiento Civil de California, sección 377.60 (quiénes pueden demandar por muerte injusta)
  3. Código de Gobierno de California, sección 911.2
  4. Judicial Council of California, CACI 3900 y siguientes (daños en casos de lesiones personales)
  5. Código Civil de California, sección 3333 (medida de los daños)